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SISTEMA MUNICIPAL DE PROTESTA CIUDADANA
En cumplimento con las Herramientas para la implementación de la Mejora Regulatoria, el Municipio pone a disposición de la ciudadanía en general el Sistema Municipal de Protesta Ciudadana
¿Qué es el Sistema de Protesta Ciudadana?
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La Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios en su fracción XXX del artículo 4° lo define como:
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Al Sistema mediante el cual se da seguimiento a peticiones y/o inconformidades ciudadanas por presuntas negativas y/o falta de respuesta en solicitudes de trámites y/o servicios previstos en la normatividad aplicable.
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Establecido en artículo 62 de la Ley para la Mejora Regulatoria, la cual dice:
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Analizar y dar seguimiento a las peticiones e inconformidades para el cumplimiento de trámites y servicios.
¿Cuál es el objetivo?
¿en qué casos me puedo inconformar?
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De conformidad al artículo 63 de la ley señalada:
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El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del Trámite o Servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII y XIV del artículo 54 de esta Ley.
Formato de Protesta Ciudadana
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